Por Alberto Gil
No serán las primeras ‘burbujas’ riojanas porque hay cinco bodegas que elaboran cava cada año desde hace décadas –incluso más de cien años en algún caso y antes del reconocimiento de la denominación de origen ‘catalana’–, pero sí las primeras acogidas a la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja. Ahora bien, habrá que esperar, cuando menos a principios del 2019, para encontrar las primeras botellas de espumoso etiquetadas como ‘Rioja’.
El Consejo Regulador aprobó el pasado verano el pliego de condiciones que regula la elaboración de vinos espumosos de calidad amparadas por el sello de la DOCa y, de momento, ya han sido ocho las bodegas que desde la pasada vendimia han decidido acogerse a este nuevo producto. Rioja prevé elaborar espumosos, blancos y rosados, que aspiran a situarse en un segmento medio/alto de mercado de un producto de consumo al alza y que puede ser una nueva oportunidad o un nicho de mercado interesante. En este sentido, se prohíben los vinos con gasificación añadida y se exige el denominado método tradicional (champenoise) como obligatorio para la elaboración.
La modificación del pliego de condiciones de Rioja -en tramitación- regula el cultivo y la elaboración, las características de las uvas, rendimientos, así como las condiciones de fermentación.
Los futuros espumosos de Rioja podrán utilizar además las menciones tradicionales como crianza, reserva y gran añada –el ‘gran reserva’ lo tiene en exclusiva reservado Cava–, aunque para ello deberán seguir determinados requisitos: en función del periodo entre triaje y degüelle (la segunda fermentación en botella), se exige un mínimo de 15 meses para aquellos con menor tiempo; de 24 meses para los Reserva; y de 34 meses para los Gran Añada.
También se exigirá a los vinos espumosos una doble calificación –novedad respecto al resto de vinos de Rioja, salvo el caso de los también ‘nuevos’ vinos de viñedos singulares–, inicial y antes de salir al mercado, mientras que las variedades de uva serán las autorizadas en Rioja y el área geográfica, los municipios de toda la DOC.
El rendimiento máximo de transformación en bodega se limita al 62% y, respecto a los tipos en función del azúcar, podrán ser Brut Nature, Extra Brut y Brut, es decir, se renuncia a los secos, semisecos y dulces (azúcar añadido). Es decir, las condiciones marcadas garantizan que se tratará de elaboración de calidad. En las siguientes páginas, podrá conocer algunas de las bodegas que desde ya están apostando por los espumosos de Rioja.
Las bodegas acogidas a la denominación ‘catalana’ valoran la apertura de Rioja
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